Antecedentes
El Complejo Habitacional Mariano Roque Alonso fue financiado por el Banco Nacional de Trabajadores, habiendo sido recibido por el IPS, en concepto de dación de pago, luego de su quiebra por el valor de Gs.- 34.225.261.664.- en el año 2.000.
En fecha 11 de octubre de 2012, la Cámara de Senadores de la República del Paraguay sancionó sin modificaciones y por mayoría, la Ley 4777/12 “Que autoriza al Instituto de Previsión Social (IPS) la enajenación a título oneroso del Inmueble individualizado como Complejo Habitacional Mariano Roque Alonso. La aprobación de esta ley facultó al Consejo de Administración del IPS la posibilidad de determinar, por mayoría absoluta de dos tercios (las dos terceras partes del número total de miembros), la conveniencia de implementar la enajenación a título oneroso del inmueble.
Ubicación: Barrio Defensores del Chaco, Ruta Transchaco c/ Teniente M. Irala, Mariano R. Alonso, Departamento Central, Paraguay.




El terreno del inmueble es de conformación geométrica cuasi regular, encerrando un área total de 23 has 2.041m² (superficie que figura en el título). Su frente tiene orientación Este, sobre la Ruta 9, teniendo además accesos a través de calles secundarias, al Norte y al Oeste.
De topografía uniforme, con algunos desniveles de menor grado en el sector noroeste, los accesos, principal y secundarios se encuentran a nivel con respecto a la Ruta 9 y calles lindantes.
DATOS DEL INMUEBLE
Delimitación del Complejo
Itaipu realizó el trabajo de delimitación del inmueble, para el cual utilizó el dron – modo eBee, que sobrevoló la zona del Complejo Habitacional de MRA, realizando el relevamiento aerofoto gramétrico. Para la medición se utilizó el sistema de navegación cinética satelital (RTK), y se cubrió un área de 195 hectáreas.
El equipo del dron levantó 240 fotogramas independientes. Posteriormente se realizó el análisis del título de propiedad, donde se concordaron las medidas, las dimensiones, que finalizó con el plano del fraccionamiento del predio. Este trabajo dejó como resultado el siguiente informe pericial:
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